Reglamento de Recepción, Estacionamiento y Guarda de Vehículos en Edificios o Locales Públicos o Privados
- Tipo de dictamen
- Exención de Análisis de Impacto Regulatorio
- Dependencia
- Secretaria del Ayuntamiento
- Unidad administrativa
- Direccion de Gobierno y Asuntos Politicos
- Año
- 2025
- En agenda regulatoria
- No
- Resumen de la Propuesta Regulatoria
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Fue aprobado un acuerdo administrativo en el cual La LXXVII Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León acuerda realizar un atento y respetuoso exhorto a los 51 municipios de la entidad, para que elaboren y expidan un Reglamento Municipal que tenga por objeto normar las actividades relacionadas con la recepción, estacionamiento, guarda protección y devolución de vehículos, en edificios o terrenos no edificados, públicos o privados y regule las relaciones entre los usuarios del servicio y los propietarios o administradores del mismo.
- Conclusiones
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Derivado de la propuesta regulatoria se identificaron los siguientes Beneficios:
La propuesta regulatoria homologa el contenido del reglamento con el Reglamento de la Administración Pública de Monterrey, adecuando las atribuciones de las autoridades competentes, y fortaleciendo la coherencia normativa.
La reforma corrige errores ortográficos presentes en el reglamento vigente, lo que mejora su claridad y accesibilidad para la ciudadanía.
Se propone optimizar la señalización vial en los estacionamientos, con el objetivo de fomentar una mejor cultura vial en estos espacios.
Se busca reducir el índice de robos a vehículos en los estacionamientos mediante una regulación más estricta y una mayor supervisión, contribuyendo así a la protección del patrimonio de los ciudadanos.
La iniciativa tiene como origen el Acuerdo Administrativo número 186, que exhorta a los 51 municipios de Nuevo León a revisar el reglamento en cuestión, por lo que no representa costos de cumplimiento adicionales para la ciudadanía.
Derivado del análisis del proyecto en mención se detecta que la presente reforma modifica únicamente disposiciones específicas del Reglamento, con el objetivo de dar cumplimiento al Acuerdo Administrativo número 186 y homologar su contenido con el Reglamento de la Administración Pública Municipal. Asimismo, se identifica que la propuesta regulatoria no genera nuevos derechos, obligaciones o sanciones para los particulares, ni hace más estrictas las disposiciones existentes.
En este tenor y al no existir inconveniente legal alguno para llevar a cabo la reforma de dicho reglamento, se determina que con la reforma de la regulación no se generan costos de cumplimiento, por lo que, la ciudadanía en general resulta beneficiada, es por ello, que “se dictamina como procedente la exención de la obligación de elaborar el Análisis de Impacto Regulatorio” de la propuesta del anteproyecto en mención.