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Inspección de Construcción

Tipo
Inspección
Modalidad
Presencial
Dependencia
Secretaria del Ayuntamiento

Inspectores

Unidad Administrativa

Dirección de Inspección Urbana, Ecología y Servicios Públicos de la Dirección General de Control Regulatorio y Vigilancia

Objeto de Verificación o Inspección

Lugar o establecimiento

Periodicidad

Única

Actividad o Servicio que se inspecciona

Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable en materia de asentamientos humanos, ordenamiento territorial y desarrollo urbano, relativa a las construcciones; además de la observancia de la vigencia del plan o programa de desarrollo urbano

Motivo de la Inspección, Verificación o Visita Domiciliaria

Verificar las construcciones (obras de construcción desde bardas a diferentes proyectos)

Disposición y Fundamento que regulan la Inspección o Verificación

Artículos 351, 352, 353, 354, 355, 356 y demás aplicables, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

Derechos del Sujeto Regulado

• Exigir que el servidor público se identifique

• Exigir el motivo de la visita

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado

• Permitir acceso (Exceptuando Inspección Ocular)

• Identificarse

• Presentar licencia de construcción

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado

Tener licencia de construcción expedida por SEDUSO antes de iniciar la construcción

Requisitos o documentos que necesita presentar el particular

• Licencia de construcción

• Identificación Oficial

El Inspeccionado necesita llenar o firmar algún formato de inspección

Si

Tiempo aproximado de Inspección, Verificación o Visita Domiciliaria

1-3 horas

Pasos a realizar durante la Inspección, Verificación o Visita Domiciliaria

• Identificarse

• Motivo de la visita

• Acceso al predio

• Inicio de Recorrido

• Llenado de Actas e Instructivo

Sanciones que pudieran derivar de la Inspección, Verificación o Visita domiciliaria

• Multa por no permitir acceso
• Aplicación de Fuerza Pública
• Interrupción inmediata de trabajos cuya ejecución provoque o esté provocando riesgos a la integridad personal o patrimonial de las personas, o a quienes carezcan del permiso correspondiente
• Ejecución de obras de desagüe, saneamiento y/o similares
• Desocupación o desalojo de inmuebles
• Demolición de construcciones, de anuncios panorámicos o antenas
• Retiro de instalaciones o de materiales
• El aseguramiento y secuestro de objetos y de materiales
• Refuerzo o apuntalamiento de estructuras y/o de edificaciones
• Contratación con radio y/o televisión de transmisiones o de emisiones de mensajes de alerta por caída de materiales, por desprendimiento de terreno, apuntalamientos y demolición de partes inestables a fin de evitar daños a terceros
• Aislamiento temporal, parcial o total del área afectada
• Inmovilización y aseguramiento de materiales que no cumplan con los parámetros autorizados por la Normatividad Oficial Mexicana en materia de construcción
• Las demás que señalan otras Leyes.

Facultades, Atribuciones y Obligaciones del Inspector, Verificador o Visitador

Notificar, inspeccionar y ejecutar de manera conjunta o individualmente, debiéndose identificar con credencial con fotografía expedida por la autoridad competente, que los acredite para realizar dicha función y dejarle copia del presente acuerdo a la persona con quien se atiende la diligencia

Información de contacto del Órgano Interno de Control para realizar Denuncias o Quejas

Dirección de Control Interno e Investigación - Calle Miguel Hidalgo y Costilla, Poniente, número 443, Zona Centro, de Municipio de Monterrey, Nuevo León, Código Postal 64000

Información de Contacto de Autoridades Competentes encargadas de Ordenar la Inspecciones o Verificaciones

Nombre: Francisco Javier Mata Strickland
Puesto: Jefe de Inspectores

Número de Inspecciones, Verificaciones o Visitas Domiciliarias realizadas en el año anterior

Número de inspeccionados sancionados en el año anterior

Link de Queja Ciudadana