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Reglamento de Protección Ambiental e Imagen Urbana de Monterrey

Mejora Regulatoria

Resumen de la Propuesta Regulatoria

La propuesta regulatoria homologa los reglamentos municipales de Construcciones, Zonificación y Uso de Suelo y Protección Ambiental e Imagen Urbana con la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Edo. de N.L

Problemática o Situación que da origen a la Propuesta Regulatoria

En el marco de la legislación ambiental establece los requisitos para la obtención de autorizaciones en proyectos que puedan generar impactos ambientales. La ley estatal regula a nivel regional, exigiendo la presentación de una manifestación de impacto ambiental y estudios técnicos que justifiquen el proyecto. Por su parte, el reglamento municipal complementa la normativa estatal, enfocándose en la preservación de la imagen urbana y la gestión ambiental dentro de Monterrey. Ambos marcos normativos buscan garantizar el desarrollo sustentable, respetando el entorno natural y urbano.

Impacto de la Regulación

La propuesta regulatoria pretende llevar a cabo una modificación del reglamento vigente para armonizar con la Ley y los Reglamentos municipales de Zonificación y Uso de Suelo y de Construcción de Municipio.

Derivado del análisis se identifica lo siguiente:

Beneficios:

  • La presente iniciativa modifica diversas disposiciones del reglamento con el fin de hacer los conceptos más claros y específicos, facilitando así la comprensión de los procedimientos para la ciudadanía.
  • Asimismo, la iniciativa propone reducir los tiempos para la obtención de autorizaciones municipales, agilizando los trámites y mejorando la eficiencia en los procesos.
  • Por lo dispuesto en el marco normativo vigente, las disposiciones retrasan la tramitación y obtención de permisos municipales, hasta en tanto las autoridades Federales o Estatales resuelvan sus respectivos procedimientos, que pueden ser de 120 días hábiles o más (en la práctica pueden ir desde 9 hasta 24 meses)

Observaciones:Se observa que si bien se elimina del marco normativo municipal la presentación del requisito del estudio de impacto ambiental, y del resolutivo de la autoridad, para todos los trámites. El modificar estas normas, no libera al particular de acudir ante la autoridad estatal o federal a presentar la manifestación del impacto ambiental y solicitar su resolutivo, según su ámbito de competencia, ni tampoco se libra de la vigilancia de dichas autoridades. Inscripción o actualización de trámites y/o servicios:Con la finalidad de armonizar las atribuciones de los Sujetos Obligados, derivado de la propuesta regulatoria, se solicita que una vez iniciada la vigencia de dicha regulación se realicen los ajustes necesarios respecto al cumplimiento del Registro de Trámites y Servicios del Municipio de Monterrey (RETyS), mismo que se encuentra en la liga https://modulodigital.monterrey.gob.mx/, en un plazo que no exceda de 10 días hábiles, atendiendo las observaciones emitidas por la Dirección de Mejora Regulatoria. Inscripción y/o actualización del Registro de Inspectores o Inspecciones: Se solicita amablemente que una vez iniciada la vigencia de esta iniciativa, se realice la actualización al Registro Municipal de Visitas Domiciliarias, mismo que se encuentra en la liga https://mejoraregulatoria.monterrey.gob.mx/, con el objetivo de mantener actualizado el Padrón Único de Inspectores y Verificadores del Municipio, atendiendo las observaciones emitidas por la Dirección de Mejora Regulatoria, en un plazo que no exceda de 10 días hábiles.

Conclusiones derivadas del análisis

Derivado del análisis de la iniciativa de la propuesta regulatoria presentada por las y los integrantes de la Comisión de Gobernación, Reglamentación y Mejora Regulatoria, que señala la Iniciativa de reforma por modificación, y adición al Reglamento de Protección Ambiental e Imagen Urbana de Monterrey, así como el formato de Exención de Análisis de Impacto Regulatorio (SIG-MER-10), análisis realizado por la Dirección de Gobierno y Asuntos Políticos de la Secretaría del Ayuntamiento del Municipio de Monterrey, se detecta que:

No existe inconveniente legal alguno para llevar a cabo la reforma de dicho reglamento, se determina que con la reforma de la regulación no se generan nuevos costos de cumplimiento, por lo que, la ciudadanía en general resulta beneficiada, es por ello, que “se dictamina como procedente la exención de la obligación de elaborar el Análisis de Impacto Regulatorio” de la propuesta del anteproyecto en mención.

Consulta Ciudadana Pública de la Iniciativa

Se observa que de acuerdo al proyecto de dictamen recibido, el proceso de Consulta Pública será de 15-quince días hábiles a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, a fin de recabar las opiniones, propuestas y planteamientos de especialistas, académicos e investigadores, legisladores, instituciones públicas y privadas, servidores públicos, trabajadores y a la comunidad en general interesados en participar.

Liga para la consulta pública del AIR

https://decidimos.monterrey.gob.mx/processes/imagenurbana

Documento del dictamen emitido SIG-MER-032-2025_1

IMPORTANTE:

  • El reglamento si se encuentra en la Agenda Regulatoria, bajo el folio ARSDU/07/P1-24-25
  • La acción de regulación es Reforma por modificación y adición de Reglamento
  • La regulación no es de alto impacto